Un día después de la promulgación del acto legislativo, los congresistas Ángela María Robledo, Iván Cepeda y Roy Barreras y la Comisión Colombiana de Juristas presentaron sus argumentos rechazando incluir esta medida en el sistema jurídico.

Un día después de que el presidente Iván Duque promulgara la reforma constitucional que establece la cadena perpetua para violadores de menores en el país, se conoció la primera demanda contra el acto legislativo, el 01 de 2020, ante la Corte Constitucional.
La demanda fue interpuesta por la Comisión Colombiana de Juristas, los senadores Iván Cepeda, del Polo Democrático; Roy Barreras, del Partido de la U; y la representante a la Cámara, Ángela María Robledo.
Los demandantes afirman que la reforma es inconstitucional. Consideran que vulnera el preámbulo de la Constitución y sus artículos 1, 2, 12, 28, 93, 114, 188 y 375.
Afirman que la norma «no protege la dignidad de los niños, niñas y adolescentes” porque consideran que “no adopta medidas para su protección o atención ni aborda los problemas sustanciales de los fenómenos de violencia”.
También manifiestan que el aumento de las penas “genera una falsa sensación de justicia que permite la continuidad de la impunidad». «La cadena perpetua no da respuestas ni profundas ni integrales a las necesidades de las víctimas y de la sociedad frente al crimen y su prevención”, aseguran.
Consideran, además, que en su trámite hubo vicios de forma porque no se adelantaron las recusaciones presentadas en los últimos dos debates en el Senado de la República.
“Creemos que nuevamente el Congreso incumplió el procedimiento para la expedición de la reforma, infringiendo la Constitución y su reglamento interno, por la ausencia de trámite de las recusaciones presentadas en séptimo y octavo debate. Si este era realmente un tema tan importante para las y los congresistas ¿por qué se incumplió el procedimiento para su expedición? ¿por qué no se actuó con diligencia y garantías democráticas para su aprobación?”, cuestionan.
Los demandantes señalan que el Gobierno nacional y el Congreso tienen competencias “para establecer una política pública integral para proteger a los niños, niñas y adolescentes, con alertas tempranas, educación, prevención, acompañamiento psicológico y la garantía de una efectiva judicialización y condena de los responsables cuando sus derechos resulten vulnerados”. «La reforma constitucional que se planteó, reiteramos, no aporta nada para ello”, subrayan.
Durante la promulgación del acto legislativo, el presidente Duque afirmó que el país dio “un paso trascendental porque a pesar de 13 años de constantes procesos logramos sacar adelante este artículo en virtud de que los derechos de los niños están por encima de los demás“.
“Colombia le dice no a los hampones que usurpan la inocencia de los niños y le decimos no a aquellos que han tratado de silenciarlos“ dijo Duque, quien señaló que tanto Gobierno como el Congreso trabajan para que los delitos contra los menores de edad no prescriban.
El acto legislativo que reforma el artículo 34 de la Constitución Política para condenar a prisión perpetua revisable a los violadores y asesinos de niños fue aprobado a mediados de junio en su octavo y último debate en la plenaria del Senado de la República.
por: revista semana





