INFORMACIÓN IMPORTANTE A SEGUIR


Respecto a la reapertura de los servicios religiosos en los templos y lugares de culto en el territorio colombiano me permito informar que se realizaron las diligencias pertinentes ante el Ministerio del Interior y Ministerio de Salud, lo que ha llevado a una serie de modificaciones progresivas del gobierno para garantizar la viabilidad jurídica de esta reapertura.
El gobierno ha emitido el decreto 878 del 25 de junio de 2020, en el cual precisa:
Parágrafo 4. Los servicios religiosos que puedan implicar reunión de personas se podrán permitir siempre y cuando medie autorización de los alcaldes en coordinación con el Ministerio del Interior y se cumpla en todo momento con los protocolos de bioseguridad emitidos por el Ministerio de Salud y Protección Social para el desarrollo de esta actividad.
Precisiones al respecto.
La vía que se establece para la reapertura es la coordinación de la autoridad local – alcalde – con el Ministerio del Interior y la aplicación de los protocolos de bioseguridad para el sector religioso, cuando sean aprobados por el Ministerio de Salud. Quien tramita la reapertura de los servicios religiosos son los alcaldes, mediante plataforma del Ministerio del Interior; la apertura se da por municipios y para todo el sector religioso allí presente.
Esperamos que en estos días el Ministro de Salud firme los protocolos de Bioseguridad, de los cuales ya hemos adelantado buena parte. Las recomendaciones propiamente litúrgicas y pastorales, para mitigar, controlar y evitar el riesgo de un mayor contagio con el Coronavirus Covid–19, son establecidas por la Iglesia Católica, que apenas salga el decreto del Ministro, las podremos comunicar.
Respecto al aforo se ha de tener presente las dos medidas: en todo momento se ha de conservar el distanciamiento físico que está por establecer y segundo, el aforo permitido también debemos esperar. Por todo lo anterior hay que contar con la autorización escrita de la autoridad municipal, de lo contrario nos expones a ser sancionados o al cierre de los templos que no cumplan con el aforo y demás normas.
+ Oscar Urbina Ortega
Arzobispo de Villavicencio